Auto Supremo AS/0289/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0289/2013

Fecha: 24-Jun-2013

CONSIDERANDO: que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del Tribunal Supremo,

Finalmente, al amparo de los artículos 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado y artículo 255 inc. 1) del Código de Procedimiento Civil, deduce recurso de casación en el fondo y en la forma contra el Auto de Vista Nº 79/2010, pidiendo que el mismo sea casado o anulado por mandato procesal de los artículos 253 incs. 1) y 2) y artículo 254 incs. 1) y 4), en cuya consecuencia se confirme la sentencia apelada.
CONSIDERANDO: que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del Tribunal Supremo, para censurar Sentencias de segundo grado en cuyo pronunciamiento se hubiera incurrido en las causales previstas por el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, esto es: por violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley; por aplicación contradictoria de disposiciones; o cuando en la apreciación de la prueba se hubiera incurrido en error de derecho o de hecho. En tanto el recurso de casación en la forma o de nulidad, habilita al Tribunal Supremo a evidenciar si en la tramitación de un proceso se infringieron las formas esenciales sancionadas con nulidad por la Ley. En ambos casos, es de inexcusable cumplimiento que el recurrente cite en términos claros, concretos y precisos las leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especifique en qué consiste la violación, falsedad o error, proponiendo la posible solución jurídica al caso planteado