Si bien la norma autoriza la posibilidad de interponer el recurso de casación en la
Si bien la norma autoriza la posibilidad de interponer el recurso de casación en la forma como en el fondo al mismo tiempo, empero, los motivos de uno u otro recurso deben ser precisados y diferenciados, ellos no pueden ser expuestos en la forma como la parte recurrente lo hizo, alegando motivos que hacen a uno y otro en forma indistinta sin discernir la diferencia que existe entre el recurso de casación y el de nulidad. En efecto, en virtud de la naturaleza jurídica del recurso de casación en el fondo, en él, no se pueden analizar aspectos o denuncias relativas a la existencia de errores in procedendo o violaciones de las formas esenciales del proceso, cuyo análisis y resolución esta reservado para el recurso de casación en la forma; tampoco a través del recurso de casación en la forma, es posible analizar aspectos concernientes al recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO: que, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz,
- Deducida la apelación por la demandada Miriam Zenteno Flores, conforme consta de fojas 262 a
- Por lo que la demandada, una vez corrida la diligencia de notificación con la Resolución
- Finalmente, manifiesta que el Auto de Vista es una resolución ultra petita, pues va más
- CONSIDERANDO: que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del Tribunal Supremo,
- Si bien la norma autoriza la posibilidad de interponer el recurso de casación en la
- En mérito a las características que hacen a uno y otro recurso, la resolución de
- En la especie, los recurrentes no han cumplido con las obligaciones procesales anteriormente descritas
- Es más, los recurrentes no han considerado que, el Auto de Vista al ser anulatorio,
- En el entendido que el Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es también
- POR TANTO: la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bolivianos 1000, que mandará hacer efectivo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 289/2013
