Auto Supremo AS/0196/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0196/2013-RRC

Fecha: 25-Jul-2013

Por lo que, una vez notificado personalmente el recurrente, o de no ser encontrado en



Por lo que, una vez notificado personalmente el recurrente, o de no ser encontrado en su domicilio real, habiéndose dejado copia de la resolución, más la advertencia acerca de los recursos posibles y el plazo para interponerlo, en presencia de un testigo idóneo que firma la diligencia, si omitiere ejercer su aludido derecho a impugnar, opera la ejecutoriedad de la resolución o sentencia, adquiriendo ésta la calidad de cosa juzgada, la cual es inmutable e inmodificable en razón a la limitación de extemporaneidad, resultando las impugnaciones posteriores ineficaces"