Auto Supremo AS/0300/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0300/2013

Fecha: 29-Jul-2013

CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde

A los efectos de su recurso de casación, la recurrente invocó en calidad de precedentes contradictorios los Autos Supremos Nº 204 de 10 de abril de 2003, 66 de 27 de enero de 2006 y 421 de 15 de agosto de 2001, solicitando a este tribunal deje sin efecto el auto de vista impugnado.
CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se define como el instrumento legal puesto a disposición de las partes, destinado a atacar una resolución judicial para provocar su reforma, su anulación o bien su nulidad. Así, el principio de legalidad exige tanto resoluciones ajustadas a la Ley como materialmente justas, lo cual además se engarza en el derecho fundamental a la tutela jurisdiccional: la resolución judicial debe ser fundada y guardar armonía con la Ley y los valores que inspiran el ordenamiento jurídico. Precisamente para garantizar esta sumisión de la decisión judicial a la ley y a la justicia existen los medios de impugnación, con los cuales se configura una verdadera actividad depuradora como garantía o derecho de los justiciables