En cuanto a la casación en el fondo
III. CONSIDERANDO:
3.1.- Recursos de casación.- Se efectúan las siguientes denuncias:
En cuanto a la casación en el fondo:
Acusa al Tribunal ad quem de haber violado los artículos 1296 y 1297 del Código Civil y el párrafo II del artículo 16 de la Constitución Política del Estado (abrogada), por errónea apreciación de la prueba, al desconocer el valor probatorio de los documentos de fojas 138, 170 y 243 al 245, al determinar que en ejecución de sentencia se pueda anular dichos documentos para proceder a la partición y división de su inmueble; añade que su titularidad no se puede anular en ejecución de sentencia, donde no tendrán participación, y que el documento público se encuentra registrado en derechos reales, por lo que no se puede negar su titularidad por ningún argumento, ya que lo contrario significaría negarle su derecho de defensa que es inviolable en juicio
3.1.- Recursos de casación.- Se efectúan las siguientes denuncias:
En cuanto a la casación en el fondo:
Acusa al Tribunal ad quem de haber violado los artículos 1296 y 1297 del Código Civil y el párrafo II del artículo 16 de la Constitución Política del Estado (abrogada), por errónea apreciación de la prueba, al desconocer el valor probatorio de los documentos de fojas 138, 170 y 243 al 245, al determinar que en ejecución de sentencia se pueda anular dichos documentos para proceder a la partición y división de su inmueble; añade que su titularidad no se puede anular en ejecución de sentencia, donde no tendrán participación, y que el documento público se encuentra registrado en derechos reales, por lo que no se puede negar su titularidad por ningún argumento, ya que lo contrario significaría negarle su derecho de defensa que es inviolable en juicio
- II. CONSIDERANDO
- Que, en grado de apelación extensiva interpuesto por Gladys Elba Castagne U
- Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante a fojas 307 a 311,
- En cuanto a la casación en el fondo
- Acusa la violación del artículo 375 inciso 2 del Código de Procedimiento Civil, ya que
- Que la disposición de averiguación en ejecución de sentencia, viola el artículo 123 inciso 3)
- Acusa la violación de los artículos 332 y 353 del Código de Procedimiento Civil, porque
- Acusa la violación del artículo 961 del Código Civil, pretendiendo dividir el inmueble como
- En cuanto a su recurso de casación en la forma
- 3.2. Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, corresponde efectuar las siguientes consideraciones
- El debido proceso legal constituye una esencial garantía constitucional normativa de los justiciables, la
- La precautela de los derechos y garantías constitucionales, es, en primer término, deber de la
- La estricta correspondencia entre los agravios invocados en la apelación y el pronunciamiento del Tribunal
- En el caso en examen, en sentencia la Jueza a quo reconoció como bien ganancial
- Como se advierte la decisión del Tribunal ad quem no guarda estricta correspondencia con lo
- En mérito a las consideraciones precedentes corresponde fallar conforme disponen los artículos 271-3) y 275,
- Habiéndose dado mérito al recurso de casación en la forma, ya no corresponde pronunciarse sobre
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro de Tomas de Razón 352/2013
