Auto Supremo AS/0352/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2013

Fecha: 30-Jul-2013

En mérito a las consideraciones precedentes corresponde fallar conforme disponen los artículos 271-3) y 275,

En mérito a las consideraciones precedentes corresponde fallar conforme disponen los artículos 271-3) y 275, ambos del Código de procedimiento Civil