CONSIDERANDO I: Que, presentada la demanda contenciosa tributaria, la Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 414
Sucre, 16/07/2013
Expediente: 81/2013-A
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de nulidad y/o casación en la forma de fs. 1185-1190, interpuesto por Gonzalo Ebert Sánchez Alemán en representación de la Asociación Accidental AGUARAGUE, contra el Auto de Vista Nº 02/2013 de 21 de febrero de 2013 (fs. 1177-1182), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro el proceso contencioso tributario seguido por la entidad recurrente contra el Servicio de Impuestos Nacionales Distrital Yacuiba del Departamento de Tarija; el Auto de fs. 1203 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que, presentada la demanda contenciosa tributaria, la Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Tarija, dictó la Sentencia Nº 13/2011 de 16 de diciembre de 2011 (fs. 1126 vlta.-1137), por la que declaró improbada la demanda de fs. 14-23, consiguientemente manteniendo firme y subsistente la Resolución Determinativa Nº 17-0040-09 de fecha 22 de abril de 2009. Con costas
Auto Supremo Nº 414
Sucre, 16/07/2013
Expediente: 81/2013-A
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de nulidad y/o casación en la forma de fs. 1185-1190, interpuesto por Gonzalo Ebert Sánchez Alemán en representación de la Asociación Accidental AGUARAGUE, contra el Auto de Vista Nº 02/2013 de 21 de febrero de 2013 (fs. 1177-1182), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro el proceso contencioso tributario seguido por la entidad recurrente contra el Servicio de Impuestos Nacionales Distrital Yacuiba del Departamento de Tarija; el Auto de fs. 1203 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que, presentada la demanda contenciosa tributaria, la Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Tarija, dictó la Sentencia Nº 13/2011 de 16 de diciembre de 2011 (fs. 1126 vlta.-1137), por la que declaró improbada la demanda de fs. 14-23, consiguientemente manteniendo firme y subsistente la Resolución Determinativa Nº 17-0040-09 de fecha 22 de abril de 2009. Con costas
- CONSIDERANDO I: Que, presentada la demanda contenciosa tributaria, la Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandante contra dicha Sentencia (fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de nulidad y/o casación en la forma de fs
- Agregando, que desde la radicatoria del proceso en la Sala (03/02/12), transcurrieron 384 días a
- Por otro lado, indicó que el Tribunal de Alzada dispuso a fs
- Así también señaló que, el Tribunal de Apelación siguió el trámite de apelación establecido en
- Refirió además que, un primer hecho de pérdida de competencia ocurrió el 24/02/12, al haber
- Finalmente solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia de la Nación, mediante Auto Supremo anule
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso planteado,
- En ese contexto, resulta necesario referir lo prescrito por el artículo 295 de la Ley
- Así también, resulta pertinente resaltar que el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, aplicable
- En ese sentido y efectuado el análisis minucioso de la relación de actuados del proceso,
- De tal forma, la referida omisión por parte del Tribunal de Alzada atenta a lo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Por la nulidad determinada, se encomienda al Tribunal ad quem competente, imprima la mayor celeridad
- No siendo excusable el error, se impone multa de Bs
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el artículo 17
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
