Auto Supremo AS/0414/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0414/2013

Fecha: 16-Jul-2013

CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso planteado,

CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso planteado, cabe señalar que este alto Tribunal como máxima instancia de la jurisdicción ordinaria, tiene la obligación de revisar las actuaciones procesales que llegan a su conocimiento, a fin de establecer si concurrieron irregularidades procesales en la tramitación de los procesos, conforme a lo prescrito por el artículo 17. I de la Ley del Órgano Judicial Nº 025, imponiendo en su caso, la sanción que corresponda o determinar si resulta pertinente, cuando el acto omitido lesione la garantía constitucional al debido proceso, haciendo insubsanables las consecuencias materiales y jurídicas del mismo, la nulidad de obrados de oficio conforme a lo previsto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil