Sobre el quinto motivo, por el que se solicita la extinción de la acción de
Sobre el quinto motivo, por el que se solicita la extinción de la acción de oficio, corresponde precisar que según la SC 1716/2010-R de 25 de octubre, este Tribunal Supremo de Justicia carece de competencia para conocer y resolver lo impetrado; en esa virtud, el recurrente observando la resolución constitucional citada, deberá recurrir ante la autoridad llamada por ley
- El memorial presentado por Jorge Erwin Anzaldo Alvarado, cursante de fs
- Después de exponer los antecedentes del proceso y realizar una introducción, el recurrente identifica los
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Estando precisado en el acápite que precede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse;
- En los motivos primero, segundo y tercero, por los que se denuncia: “Falta de Fundamentación”,
- También se invocaron las SSCC 38/2007, 40/2007 de 31 de enero y 717/06-R de 21
- En el cuarto motivo se denuncia “errónea aplicación de la ley sustantiva”, pero el recurrente
- Sobre el quinto motivo, por el que se solicita la extinción de la acción de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
