El recurso de casación interpuesto por Javier Núñez Meneces, Nieves Saravia Vda
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 218/2013-RA
Sucre, 29 de agosto de 2013
Expediente : Cochabamba 38/2013
Parte acusadora : René Mamani Fuentes
Parte imputada : Javier Núñez Meneces y otros
Delito : Alteración de linderos
RESULTANDO
El recurso de casación interpuesto por Javier Núñez Meneces, Nieves Saravia Vda. de Núñez, Gregorio Vargas Quispe y Leonardo Fuentes Quispe, cursante de fs. 270 a 274 vta., por el que impugna al Auto de Vista 04 de 2 de enero de 2013, de fs. 239 a 242, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por René Mamani Fuentes contra los recurrentes por el delito de acción privada de Alteración de Linderos previsto y sancionado por el art. 352 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 218/2013-RA
Sucre, 29 de agosto de 2013
Expediente : Cochabamba 38/2013
Parte acusadora : René Mamani Fuentes
Parte imputada : Javier Núñez Meneces y otros
Delito : Alteración de linderos
RESULTANDO
El recurso de casación interpuesto por Javier Núñez Meneces, Nieves Saravia Vda. de Núñez, Gregorio Vargas Quispe y Leonardo Fuentes Quispe, cursante de fs. 270 a 274 vta., por el que impugna al Auto de Vista 04 de 2 de enero de 2013, de fs. 239 a 242, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por René Mamani Fuentes contra los recurrentes por el delito de acción privada de Alteración de Linderos previsto y sancionado por el art. 352 del Código Penal (CP)
- El recurso de casación interpuesto por Javier Núñez Meneces, Nieves Saravia Vda
- Del memorial de recurso, se extraen los siguientes motivos
- Los recurrentes culminan su recurso solicitando la anulación total de la Sentencia y del Auto
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Atendiendo al requisito relativo al plazo de interposición, se tiene que los recurrentes, fueron notificados
- En autos, los recurrentes arguyen en lo medular, que el Tribunal de alzada denegó sus
- En similares situaciones, este Tribunal a través -entre otros- del Auto Supremo 281/2012-RA de 6
- De igual manera, es necesario, enfatizar que dentro del recurso sujeto a análisis, se ofrece
- En conclusión, ante el incumplimiento de los requisitos procesales para la apertura de competencia por
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
