Auto Supremo AS/0393/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2013

Fecha: 28-Ago-2013

CONSIDERANDO III

CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN: Que el recurso de casación en la forma, en el fondo o en ambos aspectos debe tener la motivación y fundamentación requerida por el artículo 258 numeral 2) del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a las causales de casación en el fondo, éstas están claramente señaladas en los tres ordinales que contiene el artículo 253 del mismo Adjetivo, en tanto que si se plantea en la forma, la fundamentación debe adecuarse a las previsiones establecidas el artículo 254 del mismo cuerpo legal y su finalidad es la anulación de la resolución recurrida o del proceso mismo con o sin reposición cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso sancionadas con nulidad por la ley, de modo que no hay forma ni modo de confundirlas las unas con las otras, máxime si el artículo 250 del mismo Ritual está orientado en esas dos formas de casación: la formal y la de fondo o substancial