Auto Supremo AS/0409/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0409/2013

Fecha: 29-Ago-2013

Por lo expuesto, al haber concedido el recurso extraordinario, el Tribunal ad quem no ha

Por lo expuesto, al haber concedido el recurso extraordinario, el Tribunal ad quem no ha tomado en consideración el mandato de los indicados preceptos legales como tampoco el artículo 262 – 3) del Código de Procedimiento Civil. En tal virtud, en aplicación del artículo 213 del Código de Procedimiento Civil y las disposiciones legales que se mencionan en esta resolución no se abre la competencia del Tribunal Supremo para conocer el presente recurso, debiendo aplicarse en esta decisión los artículos 271-1) y 272-1) del mismo cuerpo de normas