Auto Supremo AS/0488/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0488/2013

Fecha: 22-Ago-2013

Por otra parte, en relación con la aseveración

Por otra parte, en relación con la aseveración de la entidad recurrente, en razón de que el demandante tenía la facultad de impugnar la reducción de carga horaria en el plazo de tres meses, agregando: “… como consta en tal lo dispuesto por reciprocidad en el 2do. Párrafo del D.S. del 09 de Marzo de 1.937, facultad exclusiva del trabajador demandante…”; la entidad recurrente, incumple lo establecido por el artículo 258. 2) del Código de Procedimiento Civil, toda vez que no señala con precisión y de manera específica, el artículo al que correspondería el segundo párrafo al que hace mención