Auto Supremo AS/0488/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0488/2013

Fecha: 22-Ago-2013

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación, los antecedentes del proceso y las

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación, los antecedentes del proceso y las normas aplicables a la materia se tiene:
En relación al reclamo de incumplimiento por parte del Auto de Vista recurrido, a lo dispuesto por el artículo 253. 2 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que se habría incurrido en error de hecho al dar por válida la liquidación de indemnización dispuesta en Sentencia, y dar cumplimiento al Decreto Supremo de 9 de marzo de 1937; cabe señalar, que la entidad recurrente de forma incongruente refiere existir error de hecho, reclamando el incumplimiento del artículo 253. 2 del Código de Procedimiento Civil, mismo que refiere: “…procederá el recurso de casación en el fondo: 2) Cuando contuviere disposiciones contradictorias…”; es decir, que equivoca la normativa que fundamentaría su reclamo, toda vez que el error de hecho o de derecho debe ser invocado bajo lo dispuesto por el artículo 253. 3) del Código Adjetivo Laboral