Antecedentes que demuestran la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
Antecedentes que demuestran la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 258. 2) del Código de Procedimiento Civil, relativas a la cita clara, concreta y precisa de la ley o leyes violadas o aplicadas erróneamente o del error de derecho o hecho en la apreciación de las pruebas, con la conclusión de un petitorio claro acorde a los intereses demandados y a la normativa acusada como transgredida, por cuanto el legislador cuida que el recurso cumpla su finalidad de abrir la competencia del órgano y éste no incurra en arbitrariedad alguna
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Ante esta determinación, el asegurado interpuso recurso de reclamación (fs
- Posteriormente, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0002231 de 14
- Luego, la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 1451/07 de 22
- En estas circunstancias, la misma comisión, mediante Resolución Nº 00316/12 de 11 de julio de
- Segundo
- En grado de apelación interpuesta por el asegurado (fs
- Esta resolución originó que la representante del SENASIR, formule recurso de casación en el fondo
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo case el Auto de Vista recurrido y se disponga
- CONSIDERANDO II: De la revisión y compulsa de antecedentes del proceso, lo expuesto en el
- El recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho que debe
- Ahora bien, debe tenerse en cuenta que el recurso de casación en el fondo tiene
- Complementando lo anterior, es preciso aclarar que para la eficacia del recurso de casación en
- Antecedentes que demuestran la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Bajo este contexto, corresponde puntualizar que en el caso de autos, de acuerdo a lo
- Evidenciándose que el recurso en cuestión, no se acomoda a las condiciones mínimas que exige
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
