Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo case el Auto de Vista recurrido y se disponga
Que el Auto de Vista recurrido, viola los artículos 423, 477, 594 y 595, la Resolución Ministerial Nº 226 de 25/05/2005, manifestando que existe un impedimento legal manifiesto que impide la aplicación del Auto objeto de casación y esto es en base a que el Auto, no menciona la Resolución Nº 0002231 de 14 de marzo de 2007, la misma que, dispone la fecha desde cuando se debería pagar la renta; por otra parte, denunció que se violó la normativa jurídica especial de seguridad social.
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo case el Auto de Vista recurrido y se disponga y confirme la Resolución 302.07 de 28 de febrero de 2007 y la R.M. 0002231 de 14 de marzo de 2007 dictada por el SENASDIR, sea con las formalidades de rigor
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo case el Auto de Vista recurrido y se disponga y confirme la Resolución 302.07 de 28 de febrero de 2007 y la R.M. 0002231 de 14 de marzo de 2007 dictada por el SENASDIR, sea con las formalidades de rigor
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Ante esta determinación, el asegurado interpuso recurso de reclamación (fs
- Posteriormente, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0002231 de 14
- Luego, la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 1451/07 de 22
- En estas circunstancias, la misma comisión, mediante Resolución Nº 00316/12 de 11 de julio de
- Segundo
- En grado de apelación interpuesta por el asegurado (fs
- Esta resolución originó que la representante del SENASIR, formule recurso de casación en el fondo
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo case el Auto de Vista recurrido y se disponga
- CONSIDERANDO II: De la revisión y compulsa de antecedentes del proceso, lo expuesto en el
- El recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho que debe
- Ahora bien, debe tenerse en cuenta que el recurso de casación en el fondo tiene
- Complementando lo anterior, es preciso aclarar que para la eficacia del recurso de casación en
- Antecedentes que demuestran la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Bajo este contexto, corresponde puntualizar que en el caso de autos, de acuerdo a lo
- Evidenciándose que el recurso en cuestión, no se acomoda a las condiciones mínimas que exige
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
