Citando las Sentencias Constitucionales (SSCC) 803/2003-R y 1044/2003-R, afirma que el derecho a defensa es
Citando las Sentencias Constitucionales (SSCC) 803/2003-R y 1044/2003-R, afirma que el derecho a defensa es inviolable, a ello agrega que: “…ésta familia de delitos contra el Honor, a lo largo de la historia y vigencia del Código Penal Boliviano mantiene la figura inseparable de la ‘TRILOGÍA’ de las figuras delictivas de DIFAMACIÓN, CALUMNIA E INJURIA, cuyo bien jurídico protegido que tiene en común es el HONOR DE LAS PERSONAS sea ésta subjetiva o también objetiva” (sic). Agrega que: “De esa afirmación se ha evidenciado una evolución del Derecho Penal, sin embargo en la esencia de estos delitos ha mantenido como algo importante y determinante a momento de su valoración por el Juzgador la ‘UNIFICACIÓN’ incuestionable en un sólo Tipo Penal; de ahí que NO es posible que al haber sido acusado los tres delitos, ha momento de emitir resolución o sentencia se los separe sin fundamento alguno y peor aún ABSOLVERME por los delitos más graves y condenarme por el otro delito menos grave; evidenciándose no más una contradicción entre los hechos acusados y lo probado en juicio Oral que finalmente desencadeno en la injusta Sentencia y el Auto de Vista de condenarme por el delito de INJURIA”(sic)
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