Por memorial presentado el 29 de julio de 2013, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 241/2013-RRC
Sucre, 30 de septiembre de 2013
Expediente : Oruro 12/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y Fernando Fernández Gutiérrez
Parte imputada : Ricardo Enrique Belmonte Villacorta
Delito : Estafa
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de julio de 2013, que cursa de fs. 126 a 127, Fernando Fernández Gutiérrez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 15/2013 de 7 de mayo, de fs. 118 a 123 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente, contra Ricardo Enrique Belmonte Villacorta, por el delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 241/2013-RRC
Sucre, 30 de septiembre de 2013
Expediente : Oruro 12/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y Fernando Fernández Gutiérrez
Parte imputada : Ricardo Enrique Belmonte Villacorta
Delito : Estafa
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de julio de 2013, que cursa de fs. 126 a 127, Fernando Fernández Gutiérrez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 15/2013 de 7 de mayo, de fs. 118 a 123 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente, contra Ricardo Enrique Belmonte Villacorta, por el delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 29 de julio de 2013, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs. 126 a 127, se extrae el siguiente motivo
- Denuncia que el Auto de Vista recurrido, fue dictado fuera del plazo de los veinte
- Arguye que el Tribunal de alzada se apartó de lo dispuesto por el art
- Finalmente, sostiene que el Auto de Vista impugnado le: “…causa un perjuicio de pérdida de
- Por lo expuesto, solicitó se le conceda el recurso de casación a objeto de que
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y estando determinado el ámbito
- Conforme los criterios establecidos por el art
- II
- La doctrina legal aplicable establecida en el caso y contenida en el Auto Supremo 38/2013-RRC
- En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
- Sin embargo, la sola falta de arrepentimiento o confesión no puede valorarse para hacer más
- b) La mayor o menor gravedad del hecho, que tiene que ver con lo previsto
- c) Circunstancias y las consecuencias del delito, que también deben ser consideradas en el caso
- En consecuencia, ante la evidente infracción de las normas penales adjetivas en la que incurrió
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
