CONSIDERANDO II:
Resolución que dio lugar al recurso de casación, interpuesto por parte de Víctor Hugo Silvestre Dávalos Plans, que se analiza.
CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Como antecedentes refiere a una tercería de dominio excluyente que interpuso en el proceso ejecutivo seguido por los esposos Carvajal-Ferrufino contra Alejandro Gastón Encinas Valverde de un predio que pertenecería a su padre, a la resolución desfavorable iniciaría la acción ordinaria de anulación de la Resolución judicial. Refiere que la Sentencia impugnada cuando señala que no se sabe si la demanda se presentó dentro de los treinta días no entendería que quiso decir el Juez
CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Como antecedentes refiere a una tercería de dominio excluyente que interpuso en el proceso ejecutivo seguido por los esposos Carvajal-Ferrufino contra Alejandro Gastón Encinas Valverde de un predio que pertenecería a su padre, a la resolución desfavorable iniciaría la acción ordinaria de anulación de la Resolución judicial. Refiere que la Sentencia impugnada cuando señala que no se sabe si la demanda se presentó dentro de los treinta días no entendería que quiso decir el Juez
- CONSIDERANDO I:
- Recurrida la Sentencia mediante apelación por Víctor Hugo Silvestre Dávalos Plans, la Sala Civil y
- CONSIDERANDO II:
- Que la sala Civil y de Familia primera haría relación a lo manifestado por el
- Se hace también referencia a un proceso en la vía penal, además que para identificar
- Se describe los puntos de hecho a probar, que sería bueno revisar el plano completo
- Solicita se conceda el recurso de apelación deducido, conforme dice al art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por diversa jurisprudencia este Tribunal Supremo en reiterados fallos, señaló que el recurso de casación
- En cada caso, los hechos denunciados deben circunscribirse a las causales de procedencia establecidas en
- En ese antecedente y de acuerdo a lo previsto por el art
- En el caso que se analiza, el recurrente refiere interponer recurso de casación en el
- De todo lo extenso del memorial, no existe la concreción de señalar que ley o
- De lo anterior, se establece que no existe la posibilidad de aperturar la competencia de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Quinto
