Manifiesta, que de acuerdo a los argumentos expuestos, la Resolución N° 249/09 incumplió el artículo
Asimismo, alega que se indicó las irregularidades de la administración institucional de la universidad, causando un daño económico y que por está situación se derivó en una acción penal en contra del Ex - Rector Javier Tito Espinoza, lo que conllevo a la declaración de nulidad de todos los actos de esa ilegal administración, que dicha situación no fue considerada en el referido Auto de Vista, ya que solamente insinúo la revalidación del cheque de fojas 45, y no meditó que estaba firmado por el ex Rector, cuyos actos no tienen valor legal por la congelación de fondos.
Manifiesta, que de acuerdo a los argumentos expuestos, la Resolución N° 249/09 incumplió el artículo 202 del Código Procesal del Trabajo, que ante la indebida aplicación de la norma citada y la falta de valoración de la prueba de fojas 48, 49, 50, 51, 58, 60 a 65 vuelta, se conceda el recurso de casación en el fondo
- Que, del referido Auto de Vista, Freddy Justo Álvarez Jemio en representación legal de la
- Manifiesta, que de acuerdo a los argumentos expuestos, la Resolución N° 249/09 incumplió el artículo
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fojas 123 a
- En el caso de autos, el análisis realizado y a la luz del artículo 258
- Sustenta lo expresado la amplia jurisprudencia desarrollada por la Corte Suprema de
- A mayor fundamentación, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
