Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
3) Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista de 7 de enero de 2010, YENE GLADYS MIRANDA SORIA, plantea Recurso de Casación de fs. 141 a 142 vta., contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes aspectos:
1.- Señala que ha existido aplicación e interpretación de la ley sustantiva totalmente errónea e incorrecta, porque si bien existe la consumación de un delito, como es el supuesto hecho de tráfico, la acumulación probatoria que realizó la Fiscalía dentro de la etapa preparatoria, no fueron hechas cumpliendo las normas procesales y mucho peor que en audiencia de juicio oral el Tribunal le dé la credibilidad suficiente a esas pruebas que no fueron contundentes para individualizarlo, incurriendo en flagrante violación al debido proceso y a la seguridad jurídica debiéndose haber dictado en primera instancia una sentencia absolutoria a su favor, constituyendo esta situación defecto de la sentencia al tenor del art. 370-1) del Código de Procedimiento Penal
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes aspectos:
1.- Señala que ha existido aplicación e interpretación de la ley sustantiva totalmente errónea e incorrecta, porque si bien existe la consumación de un delito, como es el supuesto hecho de tráfico, la acumulación probatoria que realizó la Fiscalía dentro de la etapa preparatoria, no fueron hechas cumpliendo las normas procesales y mucho peor que en audiencia de juicio oral el Tribunal le dé la credibilidad suficiente a esas pruebas que no fueron contundentes para individualizarlo, incurriendo en flagrante violación al debido proceso y a la seguridad jurídica debiéndose haber dictado en primera instancia una sentencia absolutoria a su favor, constituyendo esta situación defecto de la sentencia al tenor del art. 370-1) del Código de Procedimiento Penal
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- 2) Que, ante la Sentencia de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- 2
- Petitorio
- Por lo que expone, pide la remisión de antecedentes ante la Excma
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- • Auto Supremo N° 103 de 20 de
- • Auto Supremo N° 12 de 16 de
- • Auto Supremo N° 482 de 23 de
- • Auto Supremo N° 331 de 22 de
- • Auto Supremo N° 532 de 22 de
- • Auto Supremo N° 536 de 22 de
- • Auto Supremo N° 588 de 25
- • Auto Supremo N° 476 de 23 de
- • Auto Supremo N° 529de 21 de octubre
- Que, el derecho a impugnar o recurrir de las resoluciones judiciales, deviene de un componente
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- • De la forma
- • En el Recurso de Casación, se deberá
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinará la ineficacia del planteamiento, pues si bien
- Plazo: La fecha, desde el cual corresponde computar el plazo de los 5 días
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- Ahora bien, el recurrente en el planteamiento de su Recurso de Casación cumplió con los
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso
