Auto Supremo AS/0519/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0519/2014

Fecha: 09-Oct-2014

Que realizado un análisis del recurso deducido así como los precedentes contradictorios que invoca, se

Que realizado un análisis del recurso deducido así como los precedentes contradictorios que invoca, se pasa a establecer si existe o no contradicción con el Auto de Vista motivo del recurso. Según el recurrente el Auto de Vista habría ignorado la doctrina legal del Auto Supremo Nº 417 de 19 de agosto de 2003, que establece doctrina legal sobre los delitos emergentes de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas determinando que son de carácter formal y no de resultados, y en relación al delito de transporte de sustancias controladas, será delito consumado, cuando el agente realiza actos previos, como ser adquirir la droga, almacenar, esconder, trasladar de un lugar a otro. El precedente invocado no contradice el fallo apelado, debido a que el Auto de Vista se ha pronunciado con respecto al delito tipificado por el art. 48 con relación al 33 -m) de la Ley Nº 1008, y no al tipo penal contenido en el art. 55 de la misma ley, aunque uno de los elementos establecidos en art. 33 -m) de la Ley N° 1008 es el transporte, no resultando contradictorio con la determinación asumida por el Tribunal recurrido