Por memorial presentado el 9 de julio de 2014, que cursa de fs
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 526/2014-RA Sucre, 07 de octubre de 2014
Expediente: Tarija 37/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Jorge Arturo Antelo Sanabria y otros
Delitos: Transporte de Sustancias Controladas y otros
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RESULTANDO
Por memorial presentado el 9 de julio de 2014, que cursa de fs. 1165 a 1167 vta., el Ministerio Público interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 017/2014 de 28 de abril, cursante de fs. 1141 a 1145, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por la entidad recurrente contra Jorge Arturo Antelo Sanabria, Marfa Ysela Franco Villamor, Miguel Ángel Gutiérrez Cabazoli, Oscar Gilberto Pacheco Ustares, Franz Camilo Pacheco Ustares y Jorge Antonio Tovías Jalil, por la presunta comisión de los delitos de Transporte de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 55 y 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), respectivamente
AUTO SUPREMO Nº 526/2014-RA Sucre, 07 de octubre de 2014
Expediente: Tarija 37/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Jorge Arturo Antelo Sanabria y otros
Delitos: Transporte de Sustancias Controladas y otros
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RESULTANDO
Por memorial presentado el 9 de julio de 2014, que cursa de fs. 1165 a 1167 vta., el Ministerio Público interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 017/2014 de 28 de abril, cursante de fs. 1141 a 1145, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por la entidad recurrente contra Jorge Arturo Antelo Sanabria, Marfa Ysela Franco Villamor, Miguel Ángel Gutiérrez Cabazoli, Oscar Gilberto Pacheco Ustares, Franz Camilo Pacheco Ustares y Jorge Antonio Tovías Jalil, por la presunta comisión de los delitos de Transporte de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 55 y 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), respectivamente
- Por memorial presentado el 9 de julio de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Jorge Antonio Tovias Jalil (fs
- c)Contra el referido Auto de Vista, Jorge Arturo Antelo Sanabria interpuso recurso de casación (fs
- d)En cumplimiento del mencionado Auto Supremo, el Tribunal de apelación emitió el Auto de Vista
- e)Notificado el recurrente con el Auto de Vista ahora impugnado, el 02 de julio
- 2)Por otro lado refiere que, el Auto de Vista, argumentando que evidenció la concurrencia de
- del CPP, “no valorando a cabalidad la prueba” en la que el Tribunal de Sentencia
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se constata que, el recurrente cumplió con el primer requisito
- En los dos motivos planteados, el Ministerio Público denuncia básicamente que el Tribunal de alzada,
- En consecuencia, al no ser posible verificar la probable aplicación distinta de doctrina legal contenida
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el artículo
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
