El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple en nuestro ordenamiento jurídico la función de satisfacer el derecho de todo condenado a la sumisión del fallo condenatorio a un Tribunal Superior (artículo 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos), en consecuencia, ha de reconocérsele un espacio propio de control diferenciado y más intenso en el plano jurisdiccional que otros recursos, empero, será posible cumplir con ese objeto cuando las partes, a tiempo de realizar la impugnación de los Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia, establecen la contradicción con otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores (Ejecutoriados) o por la Sala Penal del Máximo Tribunal de Justicia, situación que en el presente caso no sucedió
- Con base a la Acusación Fiscal, previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal de
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- Que, ante esta Sentencia, Narcisa Mamani Cruz de fs
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- De la solicitud
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- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
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- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
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- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- De lo que se tiene
- El recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas por el legislador, toda vez, que
- Si su pretensión fue asimilar su petitorio a defectos absolutos, situación en la que hubiera
- El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
- POR TANTO
- El Magistrado, Dr. Iván Lima Magne, fue de voto disidente
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.
