Auto Supremo AS/0560/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0560/2014

Fecha: 20-Oct-2014

POR TANTO

Finalmente, de la verificación de antecedentes que hacen al legajo procesal y conforme los motivos expuestos, se concluye la falta de motivo alguno que justifique la existencia de defectos absolutos, la afectación posible al derecho de una defensa real y no formal a favor del recurrente que en este caso no puede considerada, ya que tanto la Sentencia como el Auto de Vista contienen suficientes fundamentos y argumentos que sustentan la decisión judicial, lográndose determinar que la condena fue resultado de una correcta aplicación de las reglas de la sana crítica, con respeto al amplio resguardo de los derechos y garantías constitucionales otorgadas a la partes.
POR TANTO:
La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida por la Disposición Transitoria Octava de la Ley del Órgano Judicial, art. 8-II) de la Ley Nº 212, conforme a los arts. 416, 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara: INADMISIBLE el Recurso de Casación planteado por Narcisa Mamani Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente y Benigno Yupanqui Marca, por la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley Nº 1008), con costas