Magistrado de Voto Disidente: Dr. Iván Lima Magne
Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso
Magistrado de Voto Disidente: Dr. Iván Lima Magne
Magistrado de Voto Disidente: Dr. Iván Lima Magne
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante la Sentencia de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como único motivo el siguiente
- Petitorio
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- Auto Supremo Nº 143 de 20 de agosto de 1999
- Auto de Vista Nº 73 de 04 de junio de 2003
- Auto de Vista de 14 de abril de 2003
- Que, el derecho a impugnar o recurrir de las resoluciones judiciales, deviene de un componente
- Se define a la Casación, como un instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinará la ineficacia del planteamiento, pues si bien
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del Precedente Contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los Precedentes y el Auto
- Ahora bien, corresponde mencionar que la recurrente señaló entre los precedentes contradictorios los Autos Supremos
- Asimismo, la recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos de Vista Nº 73 de 04
- Por otra parte, de los Autos de Vista citados,no se tiene constancia oficial de que
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Magistrado de Voto Disidente: Dr. Iván Lima Magne
