Con relación a los demás requisitos, se evidencia que en el primer motivo del recurso
Con relación a los demás requisitos, se evidencia que en el primer motivo del recurso de casación, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, en el CONSIDERANDO II. (4), no fundamentó, ni respondió en forma clara y concreta al reclamo realizado en el recurso de apelación restringida, sobre la calificación errónea realizada por el Tribunal de Sentencia que incurrió en error in iudicando y en el defecto de sentencia previsto en el inc. 1) del art. 370 del CPP, por haber aplicado erróneamente la ley sustantiva con relación al tipo penal establecido en el art. 252 incs. 1), 2) y 3) del CP, cuando su conducta se adecúa al delito de Homicidio por Emoción Violenta previsto en el art. 254 del CP; esta relación aún escueta, precisa de manera razonable los fundamentos y hechos, que considera le causan agravio al recurrente, quien además invoca en calidad de precedentes los Autos Supremos 431/2006 de 11 de octubre, 239/2012 de 3 de octubre y 444/2005 de 15 de octubre, enfatizando que el Tribunal de alzada debió anular totalmente la sentencia y ordenar la reposición del juicio por otro Tribunal de sentencia; razón por la cual, al haberse cumplido con los requisitos previstos por ley, corresponde efectuar el análisis de fondo del presente motivo, dejando constancia que la labor de contraste no abarcará el Auto Supremo 28/2014 ante la falta de datos que permitan su debida identificación
- Por memorial presentado el 25 de septiembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3)Denuncia igualmente, haber reclamado en recurso de apelación restringida, la contradicción entre la parte considerativa
- establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Del análisis de los antecedentes, se advierte que en el caso de autos, el recurso
- Con relación a los demás requisitos, se evidencia que en el primer motivo del recurso
- En el segundo motivo, el recurrente acusa la existencia de defecto de sentencia establecido en
- Respecto al tercer motivo, se constata que el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Firmado
