Auto Supremo AS/0597/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0597/2014

Fecha: 27-Oct-2014

De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1)El recurrente denuncia que el Tribunal de Sentencia a momento de emitir la Sentencia, aplicó erróneamente la ley sustantiva establecida en el art. 252 incs. 1), 2) y 3) del CP, incurriendo en el defecto previsto en el inc. 1) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al haber asumido distinto razonamiento del hecho juzgado por el delito de Asesinato, cuando su conducta se adecua al delito de Homicidio por Emoción Violenta, previsto en el art. 254 del CP, porque no concurren las agravantes establecidas en los incs. 1), 2) y 3) del art. 252 del CP. En ese sentido, expresa que el Auto de Vista impugnado, en el CONSIDERANDO II. (4), no fundamentó si corresponde o no la aplicación del principio iura novit curia , dando por bien hecha la calificación realizada por el Tribunal de Sentencia por simple deducción; que el reclamo realizado en su recurso de apelación restringida, no mereció respuesta concreta y clara, al no haberse definido si el Tribunal de Sentencia incurrió en error in judicando en la fundamentación de la Sentencia respecto a la calificación del tipo penal, aspecto fáctico que si bien no puede ser corregido o modificado, podía ser anulado; al efecto, cita el Auto Supremo 28/2014 que a su criterio, ha calificado como Homicidio por Emoción Violenta al “arrebato pasional” que el Tribunal de Sentencia tipificó como Asesinato en forma contradictoria. Asimismo, invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 28/2014, 239/2012 de 3 de octubre, 444/2005 de 15 de octubre y 431/2006 de 11 de octubre