ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
- Auto Supremo Nº 319/2014
- Sucre, 10 de noviembre de 2014
- Expediente: SSA.II-LP.343/2014
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por parte de la institución demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando que se dicte auto supremo casando el auto de vista recurrido y deliberando
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde su análisis y consideración en
- Con relación al primer punto, relacionado a la competencia, se debe aclarar al recurrente que,
- Referente a que el actor no hubiera trabajado de forma continua en la institución edilicia
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectué una nueva
- Finalmente, en cuanto a que el tribunal de apelación al emitir en auto de vista
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
