Auto Supremo AS/0319/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0319/2014

Fecha: 10-Nov-2014

Sin costas en aplicación del art

Consiguientemente al no encontrar este tribunal fundamento alguno que acredite ilegalidad o deficiente interpretación en el auto de vista recurrido, corresponde resolver el recurso planteado en la forma prevista en los arts. 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 418 a 419.
Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992