Auto Supremo AS/0420/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0420/2014

Fecha: 05-Nov-2014

Dicho todo lo precedente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación,

Dicho todo lo precedente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde dar aplicación a los arts. 271.2) y 273 del CPC, por mandato de la norma remisiva contenida en los arts. 214 y 297.II de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992 y 74.2 del CTB