Auto Supremo AS/0437/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0437/2014

Fecha: 12-Nov-2014

En ese entendido, de acuerdo a los medios de pruebas producidas en el curso del

En ese entendido, de acuerdo a los medios de pruebas producidas en el curso del proceso, se puede establecer que si bien se emitió la papeleta de movimiento de personal cursante a fs. 1 de obrados, procediendo al retiro del trabajador por haberse ausentado a su fuente laboral los días 4, 6, 7, 8, 9 y 10 de septiembre de 2010, empero la misma fue anulada el 16 de septiembre de 2010 al advertirse que el trabajador se encontraba en comisión dichos días según orden superior de fecha 16 de septiembre de 2010 y carta S.M.T.M.H. cursante a fs. 2 de obrados, no obstante se emitió nuevamente una otra papeleta de movimiento de personal cursante a fs. 23 retirándolo al trabajador por faltas continuas en fecha 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de octubre de 2010, por lo que el trabajador no conforme con dicha determinación solicitó su reincorporación al considerar la existencia de elementos que justifiquen dicha falta, toda vez que se advierte que conforme a la certificación emitida por el Actuario del Juzgado de Instrucción Ordinario Cautelar y Liquidador en lo Penal de la Provincia Pantaleón Dalence con asiento en Huanuni demostró que en fecha 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de octubre del año 2010, el actor se encontraba detenido en las celdas de la carceleta de la Ciudad de Oruro por pensiones devengadas a favor de su hijo, por lo que la causa de inasistencia se encontraría debidamente justificada, y que si bien según la jurisprudencia en materia laboral, la voluntad de no asistir a su fuente laboral por parte del trabajador, implica una renuncia tácita, empero en el presente caso se denota una voluntad manifiesta de reintegrarse a su fuente laboral, por lo que no podría considerarse un retiro voluntario