Indicó que de acuerdo al art
Indicó que de acuerdo al art. 410.I y II de la CPE, "Todas las personas naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones, se encuentran sometidos a la presente Constitución" y "La Constitución es la Norma Suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa"; de modo que la aplicación del art. 120 de la Ley General del Trabajo (LGT), carecería de eficacia en cuanto a lo determinado por la Carta Constitucional, ya que en su art. 9.4, señala que el Estado garantiza el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Constitución, con relación al art. 108.1 del mismo texto constitucional
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandante (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Señaló también que la referida empresa, cuenta con un Departamento Legal, el mismo que debió
- Asimismo, refiere que en el Auto de Vista no tiene sustento legal y que existen
- Indicó que de acuerdo al art
- Concluyo solicitando se conceda el recurso, anulando o en su caso se case totalmente el
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en la forma
- Por otra parte, el art
- Por lo que bajo los lineamientos normativo constitucionales señalados precedentemente; en el caso de autos
- En ese entendido, de acuerdo a los medios de pruebas producidas en el curso del
- No obstante lo anotado, como se podrá advertir de los antecedentes acumulados en el expediente,
- Por otro lado en cuanto a que al actor gozaría de inamovilidad laboral al contar
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Para resolución, según convocatoria a fs
- Se constituye en disidente el Dr
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
