Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 652/2014-RA
Sucre, 19 de noviembre de 2014
Expediente : La Paz 148/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Carlos Javier Santa Cruz Vacaflores
Delitos : Estafa y Estelionato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2014, cursante de fs. 791 a 792, Carlos Javier Santa Cruz Vacaflores, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 49/2014 de 22 de agosto, de fs. 783 a 785 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal que le siguen el Ministerio Público y Lizziet Lucía Quiroga Vda. de Zabala, por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337, respectivamente, del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 652/2014-RA
Sucre, 19 de noviembre de 2014
Expediente : La Paz 148/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Carlos Javier Santa Cruz Vacaflores
Delitos : Estafa y Estelionato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2014, cursante de fs. 791 a 792, Carlos Javier Santa Cruz Vacaflores, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 49/2014 de 22 de agosto, de fs. 783 a 785 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal que le siguen el Ministerio Público y Lizziet Lucía Quiroga Vda. de Zabala, por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337, respectivamente, del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el acusado, conforme se evidencia del
- d)Notificado el imputado con la referida resolución el 12 de septiembre de 2014, en el
- De los argumentos venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- establecer la existencia o no de contradicción entre el fallo impugnado con los precedentes invocados
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme a lo normado en el art
- Ahora bien, en cuanto al único agravio denunciado por el recurrente, en el que cuestiona
- Al respecto, es preciso aclarar al recurrente que este Tribunal no está facultado para reparar
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
