Auto Supremo AS/0704/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0704/2014

Fecha: 17-Nov-2014

Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes

Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes aspectos:
Señala el Auto de Vista, al confirmar la Sentencia No. 38/2010 de 14 de octubre de 2010, convalidó actos viciados de nulidad en inobservancia de lo previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, toda vez que en la apelación de incidentes de exclusiones probatorias consideran que las actuaciones de la FELCN actuó en apego a la ley. Que, dicho Auto de Vista convalida la ilegalidad del Tribunal de Origen, al confirmar que las pruebas periciales, son introducidas como documentales, en franca violación del art. 333 inc. 1) del CPP, como anticipo de prueba. Que, el Auto de Vista no fundamenta, ni entra a efectuar ninguna valoración respecto al punto tres de la Apelación Restringida, toda vez que la Sentencia se basó en hechos inexistentes, no acreditados; refiere que se concluyó que Elfy Bejarano de Gareca tenía conocimiento de que en el interior de su maleta, transportaba 5.856 gramos de cocaína, en contravención a lo dispuesto por el art. 55 de la Ley No. 1008; aspecto que no habría sido demostrado por el Ministerio Público. Solicita se dicte Auto Supremo, dejando sin efecto el Auto de Vista recurrido, disponiendo que la misma Sala del Tribunal Departamental, dicte un nuevo Auto de Vista, conforme a la Doctrina Legal Aplicable, respetando los derechos fundamentales