POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la CPE y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 191 a 193 vta., interpuesto por José Caballero Barrionuevo, representante legal de la Empresa “Constructora Caballero”. Con costas
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Señaló también que presentó ante el Tribunal de Alzada prueba documental relevante a fin de
- También se refirió que la denegación de considerar y valorar pruebas esenciales presentadas en alzada
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista recurrido y
- En el presente caso, la temática principal está centrada en determinar si en aplicación del
- Por su parte el art
- Bajo estas premisas, se concluye que el Auto de Vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Se regula honorario profesional del abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
