Señaló también que presentó ante el Tribunal de Alzada prueba documental relevante a fin de
Señaló también que presentó ante el Tribunal de Alzada prueba documental relevante a fin de desvirtuar las pretensión del demandante, como ser finiquito, oficio de renuncia voluntaria, compensación de horas extras y memorándum de otorgación de vacaciones, prueba que evidentemente no fue presentada oportunamente por descuido del profesional que lo asistió, donde el actor actuó con falta de lealtad procesal, logrando injustamente se le otorgue el desahucio que no corresponde por haber renunciado, así como no corresponde el pago de vacaciones y horas extras; aduciendo que tales pruebas, no fueron compulsadas ni analizadas por el Tribunal de apelación como era su obligación, incurriendo en error de derecho en su valoración, porque sin justificativo válido, desconocen su eficacia probatoria, en franca violación de los arts. 158 y 159 del Código Procesal del Trabajo (CPT), vinculados al principio de legalidad dentro de un debido proceso laboral como componente material del derecho al debido proceso previsto en el art. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE)
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