Refirió que el Auto de vista se basó en la aplicación de los principios rectores
II. 2 En el fondo
Refirió que el Auto de vista se basó en la aplicación de los principios rectores de la judicatura laboral como el de la primacía de la realidad, empero debe entenderse que el espíritu que norma los mecanismos protectores al trabajador van ligados al art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), no pudiéndose producirse excesos sino se encuentran debidamente comprobados, lo que no ocurrió en el caso de autos, al no considerar la prueba referida al trabajo que desempeño la parte demandante, ocurriendo en realidad que en el primer periodo a la conclusión se practicó la liquidación de los beneficios correspondientes, invitándosele a iniciar una nueva relación contractual y que el hecho de que el actor no recogió su liquidación no implicaría la continuidad con la segunda contratación misma que otras características sin que exista subordinación, pago periódico y horario fijo
Refirió que el Auto de vista se basó en la aplicación de los principios rectores de la judicatura laboral como el de la primacía de la realidad, empero debe entenderse que el espíritu que norma los mecanismos protectores al trabajador van ligados al art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), no pudiéndose producirse excesos sino se encuentran debidamente comprobados, lo que no ocurrió en el caso de autos, al no considerar la prueba referida al trabajo que desempeño la parte demandante, ocurriendo en realidad que en el primer periodo a la conclusión se practicó la liquidación de los beneficios correspondientes, invitándosele a iniciar una nueva relación contractual y que el hecho de que el actor no recogió su liquidación no implicaría la continuidad con la segunda contratación misma que otras características sin que exista subordinación, pago periódico y horario fijo
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- Refirió que el Auto de vista se basó en la aplicación de los principios rectores
- Por lo que el Auto de Vista infringió el art
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, alternativamente anule el Auto de Vista recurrido
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en la forma
- Por lo que se concluye que no existe perjuicio alguno, siendo necesario en el caso
- Con relación a que en la determinación del tiempo de trabajo del actor se hubiere
- Así también, nuestra Constitución Política del Estado conforme a esta óptica protectiva regula pautas interpretativas
- De esta manera, consiste el principio protector en darle mayor defensa al trabajador frente al
- Bajo dicho contexto al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador
- Concluyendo, en ese sentido, válidamente el Tribunal de Alzada que el recurrente no invocó ningún
- A ello cabe agregar a mayor abundamiento que en el caso de que en el
- Se advierte además que debido a una errada apreciación del art
- Bajo estas premisas, se concluye que el Auto de Vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- No se regula honorario profesional de abogado por no haber respondido la parte demandante al
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
