Auto Supremo AS/0689/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0689/2014

Fecha: 01-Dic-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)En mérito a la acusación pública (fs. 3 a 6) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, se pronunció la Sentencia 27/08 de 12 de agosto de 2008 (fs. 106 a 109 vta.), emitida por el Tribunal de Sentencia de Quillacollo de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró a Agapito Vargas Rojas, autor y culpable de la comisión del delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 47, con relación al art. 33 inc. l) de la Ley 1008, condenándole a la pena de diez años de presidio, más el pago de costas y responsabilidad civil averiguable en ejecución de sentencia; y, con relación a Néstor Quiroga Ríos, lo declaró absuelto de culpa y pena del deferido delito