Auto Supremo AS/0699/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0699/2014

Fecha: 01-Dic-2014

4)El recurrente denuncia que el Auto de Vista no consideró la defectuosa valoración de la


4)El recurrente denuncia que el Auto de Vista no consideró la defectuosa valoración de la prueba en la que habría incurrido el Tribunal de Sentencia, en el entendido que la Sentencia vulneró el principio de la sana crítica en la valoración de la prueba, pues no habría hecho referencia a la prueba testifical de cargo ni el valor probatorio, no existiendo explicación de por qué no las consideró en la decisión final; agrega que, el art. 173 del Código de Procedimiento Penal CPP asume que el sistema de valoración de la sana crítica implica que la autoridad judicial a tiempo de dictar sentencia debe considerar las reglas de la experiencia y la psicología. Invoca como precedente el Auto Supremo 504 de 11 de octubre de 2007