Auto Supremo AS/0700/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0700/2014

Fecha: 01-Dic-2014

Con relación al único agravio formulado, referido a que el Tribunal de alzada actuó más


Con relación al único agravio formulado, referido a que el Tribunal de alzada actuó más allá de lo pedido en el recurso de apelación restringida formulado por el Ministerio Público, a cuyo efecto modificó el tipo penal por el que inicialmente se la condenó, con la consistencia de Suministro de Sustancias Controladas por el de Tráfico, supliendo las facultades del Juez de mérito, se tiene que la recurrente invocó, por un lado, el Auto Supremo 593 de 26 de noviembre de 2003, explicando que el mismo establece que el recurso de apelación restringida “es esencialmente de puro derecho y no puede retrotraer su actividad jurisdiccional a circunstancias, hechos y pruebas fácticas que ya fueron sometidas al control oral, público y contradictorio por el órgano judicial de sentencia…” (sic), razonamiento que contradice lo establecido en su caso, debido a que el Auto de Vista recurrido valoró los hechos que ya fueron considerados y valorados por la Juez de Sentencia a momento de dictar la correspondiente Sentencia, extremo que considera lesivo al debido proceso en cuanto a las formas de emitir el Auto de Vista y la esencia misma del recurso que es de puro derecho, en el que de ninguna manera se pueden revalorizar los hechos y menos modificar el tipo penal; por otro lado, explicó que el Auto Supremo 635/2004 de 20 de octubre, estableció que el Tribunal de apelación tiene sus atribuciones limitadas a la doctrina legal establecida en el mismo, a cuyo efecto asevera que los miembros de la Sala Penal Segunda, no podían revalorizar el hecho afirmando que la posesión dolosa conlleva a la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, fundamentación que tilda de doble juzgamiento, por cuanto reitera que la esencia de la apelación restringida es netamente de derecho; por ende, no puede modificar el tipo penal si se encuentra en la misma materia; es decir, delitos contenidos en la Ley del Régimen de Coca y Sustancias Controladas, actuación con la que se agravó la condena inicialmente impuesta por la Juez de mérito, argumentos que siendo claros y precisos permiten analizar el fondo del agravio deducido con la finalidad de constatar la existencia de contradicción con el Auto de Vista recurrido denunciada