Por memorial presentado el 14 de octubre 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 700/2014-RA
Sucre, 01 de diciembre de 2014
Expediente : La Paz 155/2014
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Catalina Canaviri de Ortiz
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de octubre 2014, cursante de fs. 202 a 205 vta., Catalina Canaviri de Ortiz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 51/2014 de 11 de agosto, de fs. 190 a 191 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 700/2014-RA
Sucre, 01 de diciembre de 2014
Expediente : La Paz 155/2014
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Catalina Canaviri de Ortiz
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de octubre 2014, cursante de fs. 202 a 205 vta., Catalina Canaviri de Ortiz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 51/2014 de 11 de agosto, de fs. 190 a 191 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 14 de octubre 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificada la acusada con la referida Resolución el 7 de octubre de 2014
- De los argumentos venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 383 de 25 de junio de 2001, 231
- El art
- atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal, la de sentar y uniformar jurisprudencia, resultando
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al único agravio formulado, referido a que el Tribunal de alzada actuó más
- Con relación a la invocación de los Autos Supremos 383 de “25 de junio de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
