Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 708/2014-RA
Sucre, 08 de diciembre de 2014
Expediente: Tarija 63/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Lizbeth Aldana Guñido y otro
Delitos : Tráfico de Sustancias Controladas y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2014, cursante de fs. 226 a 228, Lizbeth Aldana Gudiño, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 82/2014 de 22 de septiembre de fs. 216 a 218 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente y Erick Marvin Monzón Janco, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, Asociación delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 48 y 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), respetivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 708/2014-RA
Sucre, 08 de diciembre de 2014
Expediente: Tarija 63/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Lizbeth Aldana Guñido y otro
Delitos : Tráfico de Sustancias Controladas y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2014, cursante de fs. 226 a 228, Lizbeth Aldana Gudiño, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 82/2014 de 22 de septiembre de fs. 216 a 218 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente y Erick Marvin Monzón Janco, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, Asociación delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 48 y 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), respetivamente
- Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- La recurrente refiere que el Auto de Vista es contrario a otros precedentes con situaciones
- Por otro lado alega que la sentencia, textualmente señala que es un hecho no probado
- Por último, refiere que el Tribunal de alzada no se manifestó sobre el agravio referido
- El art
- que se asigna al Auto de Vista impugnado no coincida con el o los precedentes
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 5 de noviembre de 2014, la
- Respecto al cumplimiento de los demás requisitos, se establece que la recurrente, con una total
- argumentos, impiden realizar un análisis de fondo de los motivos traídos en casación, razones
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
