Por memorial presentado el 24 de octubre de 2014, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 726/2014-RA
Sucre, 12 de diciembre de 2014
Expediente: Potosí 26/2014
Parte Acusadora : Cecilia Maldonado Iporre
Parte Imputada: Evelin Ríos Filipps
Delitos : Apropiación Indebida y Abuso de Confianza
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de octubre de 2014, que cursa de fs. 134 a 138 vta., Evelin Ríos Filipps interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 32/2014 de 30 de septiembre, de fs. 122 a 126 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por Cecilia Maldonado Iporre contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 726/2014-RA
Sucre, 12 de diciembre de 2014
Expediente: Potosí 26/2014
Parte Acusadora : Cecilia Maldonado Iporre
Parte Imputada: Evelin Ríos Filipps
Delitos : Apropiación Indebida y Abuso de Confianza
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de octubre de 2014, que cursa de fs. 134 a 138 vta., Evelin Ríos Filipps interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 32/2014 de 30 de septiembre, de fs. 122 a 126 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por Cecilia Maldonado Iporre contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 24 de octubre de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 17 de octubre de 2014
- Del memorial que cursa de fs. 134 a 138 vta., se extrae el siguiente motivo
- El art
- al derecho objetivo, establecer la existencia o no de contradicción entre el fallo impugnado con
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se tiene que, la recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, la denuncia de la recurrente consiste en que el Tribunal de alzada incurrió
- En cuanto a la invocación de los Autos Supremos 166 de 12 de mayo de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
