Auto Supremo AS/0732/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0732/2014

Fecha: 12-Dic-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:

a)En mérito a las acusaciones pública (fs. 2 a 5) y particular (fs. 47 y vta.), y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Ivirgarzama, del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció la Sentencia 9/2012 de 27 de abril (fs. 252 a 259 vta.), declarando al imputado Juan Carlos Peralta Mejía, autor y culpable de la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente con agravante, previsto y sancionado por el art. 308 Bis, con relación al art. 310 incs. 2), 4) y 7) del CP, imponiéndole la pena de veinte años de presidio sin derecho a indulto, más el pago de quinientos días multa a razón de cincuenta centavos por día, costas en favor del Estado y el resarcimiento del daño civil, averiguables en ejecución de sentencia