De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)En mérito a las acusaciones pública (fs. 6 a 8 vta.) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Sentencia 07/2014 de 13 de junio (fs. 126 a 134), declaró a la imputada Delia Goldy Vargas Sansuste autora de la comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de tres años de reclusión, con costas y resarcimiento de daños y perjuicios
- Por memorial de 24 de noviembre de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificado la imputada con el Auto de Vista impugnado el 17 de noviembre de 2014
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Finaliza su exposición señalando que el Tribunal de Sentencia, como el de alzada, ingresaron en
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- La recurrente manifiesta que los Tribunales de Sentencia y el de alzada, no realizaron un
- Con referencia a las Sentencias Constitucionales invocadas como precedentes contradictorios en el recurso de casación;
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
