Auto Supremo AS/0778/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0778/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Posteriormente se apersona Janneth Quevedo Almendras, mediante su apoderado, Román Mancilla Rodríguez, conforme al poder

La presente causa ha sido formulada por los actores Tomás Callizaya Morales y Margarita Cortez de Callizaya, en contra de Juan Siñani Mamani y Valeriana Nava de Siñani, por la que se pretende la usucapión decenal de una superficie de 109.60 Mts2. y registrado bajo la matrícula Nº 1.01.1.99.0006138, pretensión que es admitida mediante decreto de 09 de mayo de 2012 (fs. 42 vta.) y se dispone la citación de los demandados por edictos, que es efectuado conforme a las publicaciones de fs. 75 a 77.
Posteriormente se apersona Janneth Quevedo Almendras, mediante su apoderado, Román Mancilla Rodríguez, conforme al poder de fs. 89 a 90, el que en forma posterior en el escrito de fs. 103 a 104, adjuntando la prueba de fs. 99 a 102, relativa a un testimonio de compraventa de un inmueble otorgado por Juan Siñani Mamani y Valeriana Nava de Siñani en favor de Janneth Quevedo Almedras, Marco Antonio y Luis Fernando Mostacedo Quevedo, registrado en Derechos Reales bajo la matricula Nº 1.01.1.99.0062497, que acredita la titularidad de estos últimos