Respecto al requisito de fondo, se advierte del contenido del recurso de casación sujeto
Respecto al requisito de fondo, se advierte del contenido del recurso de casación sujeto al presente análisis, que el recurrente Agapo Lima Mamani, se limita a plantear varias denuncias agrupadas en dos ejes temáticos, el primero referido a supuestos errores in procedendo y el segundo a errores in iudicando, sin cumplir con la carga procesal de establecer de manera fundada cual el hecho similar, ni distinguir en términos precisos el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista impugnado, con relación a la Resolución judicial invocada como precedente; pues si bien invoca el Auto Supremo 562 de 1 de octubre, por un lado la cita resulta incompleta por falta de precisión de la gestión de su emisión y por otro el recurrente omite exponer en qué consiste la contradicción en los términos exigidos por el citado art. 417 del Código Procesal de la materia, lo que significa que, la formulación inadecuada del recurso por parte del imputado, hace que este Tribunal no tenga abierta su competencia para conocer el fondo de los aspectos planteados, al no ser posible establecer el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista con el precedente contradictorio, sin que la omisión en la que incurrió el recurrente pueda ser suplida de oficio
- Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2013, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el imputado con el referido Auto de Vista, el 21 de noviembre de
- Del memorial que cursa de fs. 160 a 162, se extraen los siguientes motivos
- Además, expresa que la Fiscal obstruyó su defensa al no tomarle su declaración ampliatoria y
- Finalmente, denuncia que una vez notificado con la Sentencia, el Tribunal de alzada determinó declarar
- 2)Indica sobre los errores in iudicando, que en aplicación de la doctrina legal en caso
- Argumenta que la Sentencia no expresó análisis y valoración de las pruebas de descargo, menos
- Solicita se le aplique la pena compatible a su edad y grado de instrucción, declarándose
- El art
- En este contexto, el art
- c)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Respecto al requisito de fondo, se advierte del contenido del recurso de casación sujeto
- Por otra parte, este Tribunal ha establecido, la posibilidad de la apertura excepcional de su
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
