Auto Supremo AS/0012/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0012/2014-RA

Fecha: 11-Feb-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)En mérito a la acusación pública (fs. 5 a 7 vta.) requerida por el Ministerio Público y desarrollada la audiencia de juicio, por Sentencia 11/2011 de 25 de mayo (fs. 286 a 298), leída íntegramente el 27 del mismo mes y año, el Tribunal de Sentencia de Aiquile del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a: Francisco Xavier Yucra Kallata y Juan Bautista Orellana, autores de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Contraladas incurso en el art. 55 de la Ley 1008, imponiendo, a ambos, la pena de nueve años de presidio a ser cumplidos en el Centro de Rehabilitación “San Sebastián” de la ciudad de Cochabamba; asimismo, se condenó a Rosa Agustina Silvestre Franco y Emilia Calderón de Bautista por la comisión del delito de Complicidad en Transporte de Sustancias Controladas, inmerso en el art. 55 en relación al art. 76 de la Ley 1008, imponiendo en ambos casos la pena de privación de libertad de seis años en el citado centro penitenciario (sección mujeres). Además, se impuso a los cuatro imputados la multa de trescientos días a razón de 0,50 centavos de boliviano por día, costas y responsabilidad civil, averiguables en ejecución de sentencia