Refieren, con relación al considerando tercero, que en el presente caso nunca fueron ofrecidos los
Refieren, con relación al considerando tercero, que en el presente caso nunca fueron ofrecidos los testigos de cargo que estuvieron en la inspección ocular, sin facultarle al Juez el art. 179 del Código de Procedimiento Penal (CPP), realizar pruebas de oficio, por lo que la Sentencia se basó en elementos probatorios no incorporados legalmente a juicio o incorporados por su lectura vulnerado normas conforme establece el art. 169 inc. 3) del CPP, así como principios y garantías constitucionales
- Por memorial presentado el 27 de diciembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs. 223 a 225, se extraen los siguientes motivos
- Arguyen que en el primer considerando, la Resolución impugnada señaló que debía fundamentarse el
- Indican respecto al segundo considerando del Auto de Vista impugnado, que en el presente caso
- Refieren, con relación al considerando tercero, que en el presente caso nunca fueron ofrecidos los
- Señalan que se violaron los arts
- Finalmente solicitan la nulidad de la Sentencia y la reposición del juicio por otro tribunal
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- Con referencia al cumplimiento de los requisitos de fondo, los imputados esencialmente denuncian que el
- Sin embargo, también se evidencia que los recurrentes no cumplieron con la carga procesal de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
